renovar-carnet-conducir Pasos para renovar el carnet de conducir

Te recomendamos que mires con cierta frecuencia la fecha de caducidad del carnet de conducir. Te voy a explicar unos trucos que pueden fucionar muy bien:

–  Utiliza una alarma en el calendario del movil con una nota de audio que destaque de las comunes de uso frecuente.

– En ocasiones suele coincidir con la fecha del cumpleaños.

– Relaciona fechas  de bodas, cumpleaños, aniversarios y otras fechas importantes en tu vida personal.

– Los post-it o notas adhesivas en el espejo del baño, en la cocina, en la nevera, en la tostadora y otros  electrodomesticos que tengas que usar para el desayuno.

– A principios de año, después de Navidades, revisa toda la documentación y tarjetas.

Ten presente que desde hace unos años , la Dirección General de Tráfico, ya no está  enviando a tu domicilio recordatorio de renovación del carnet de conducir. Tienes que estar pendiente  tú mismo de la fecha de caducidad del carnet. Conducir con el carnet caducado supone una infracción sancionada con 200€.

 ¿Qué pasos tengo que dar para renovar el carnet de conducir?

Puedes  renovar el carnet de conducir desde tres meses antes de la fecha de caducidad, Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la renovación se empezará a contar desde la fecha en que el permiso que se quiere renovar pierde vigencia.

Debes acudir al Centro Médico, con el DNI o Pasaporte, y si eres extranjero con el NIE.

NO ES NECESARIO APORTAR FOTOS. Se hacen en el Centro en el momento de la tramitación, sin coste añadido.

 ¿Qué pruebas debo realizar?

Son pruebas muy sencillas, que constan de tres pasos:

– una prueba psicotécnica.

– una prueba oftalmológica.

– una prueba de medicina general.

Una vez realizadas estas pruebas, se expide el certificado de aptitud psicotécnica  para la conducción de vehículos y procederemos a la tramitación de su renovación por vía telematica  con la DGT. Desde ese momento tu carnet ya está renovado. Así de sencillo y cómodo.

Plazos de vigencia del carnet de conducir

–  AM, A1, A2, A, B :                   Hasta los 65 años……………………cada 10 años                                                                 A partir de los 65 años…………….cada 5 años  .

– BTP, C, C+E, D, D+E:            Hasta los 65años…………………….cada 5 años.

                                                          A partir de los 65 años…………….cada 3 años.

 

¿ Tengo que renovar si soy ciudadano de países de la comunidad europea con carnet extranjero?

En estos supuestos:

a)      Los titulares de los permisos de conducción comunitarios que hayan caducado o próximos a caducar.

b)      Los titulares de los permisos de conducción comunitarios indefinidos o con un plazo de vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 ( AM, A1, A2,  A, B y BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2  (BTP, C1, C1E, C,  CE, D1, D1E, D, DE), siempre y cuando, tengan la residencia legal en España transcurridos dos años desde el 19 de enero de 2013, fecha de entrada en vigor de la Directiva 2006/126/CE

 

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